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AutorRespuesta No: 371286
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Fecha de respuesta: Jueves 11 de Diciembre de 2014 09:52 2014-12-11 09:52 desde IP: 189.211.135.22
Si, a condición que se reserve para usted lo necesario para satisfacer sus necesidades de comida, vestido, habitación, salud y esparcimiento.
En el caso de los inmuebles, lo más recomendable, si decide donarlo a sus hijos, es que, al menos de uno de ellos, se quede con el usufructo vitalicio, y precise en una cláusula que usted se reserva la facultad de revocar la donación, total o parcialmente.
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