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  • Consulta : 250260
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    reconoce a niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos plenos y les denomina personas menores de edad (se elimina la figura de "los menores") además:

    Las nuevas reformas a la legislación del Estado de Jalisco respecto las que usted pregunta, puede bajarlas de la página del Congreso del Estado de Jalisco, y se contienen no solamente en el Código Civil y de Procedimientos Civiles, sino también en el Código Penal, en la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y la Ley Orgánica de la Procuraduría Social.

    Esencialmente, en ellas se establece como regla general la custodia compartida de los hijos, y sólo por excepción, en algunos casos de divorcio por mutuo consentimiento, la guarda y custodia exclusiva; se reforman los criterios jurisdiccionales para decretar la separación de persona como actos prejdiciales así como las reglas del divorcio; se prohibe expresamente la alienación parental; se crea el régimen de visitas y convivencias entre padres e hijos; regula las restricciones en las convivencias, a través de las visitas asistidas; establece un decálogo que contiene los deberes de crianza para los padres y prevé mecanismos para la protección de la integridad de las personas, entre otras modificaciones.