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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Diciembre de 2014 09:56 2014-12-10 09:56 desde IP: 189.211.135.22
No, no procede la prescripción positiva, pues usted siempre ha tenido la posesión en calidad de arrendataria, y el propietario del inmueble, en momento alguno ha celebrado con usted un contrato traslativo de dominio en virtud del cual usted hubiera adquirido la propiedad.
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