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  • Consulta : 250225
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 371238

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Espero no sea tarea. Pero si no se presentan herederos y quién denunció la sucesión no lo es, pasará a la beneficencia pública, por lo que el inmueble será de la beneficencia pública en ese cincuenta por ciento, por lo que el copropietario para porder veneder deberá pagar el valor de la mitad del bien de conformidad al avalúo a ésta.