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  • Consulta : 250003
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Ni usted está obligado a dar en arrendamiento el local para que se establezca un negocio cuyo giro le favorezca a la arrendataria, ni ésta tiene derecho a exigirle que no lo rente para determinado tipo de establecimientos.

    Si la persona que tiene arrendado el local para que opere el spa que explota, por cualquier circunstancia, deja de pagarle la renta, de inmediato asístase de abogado especialista en Derecho Civil y demande la rescisión del contrato de arrendamiento,el pago de las rentas no pagadas y la descupación material y jurídica del local.

    Además, dicha persona tampoco puede quedarse con el inmueble, pues su posesión, por serivada de un contrato de arrendamiento, es preciaria; no se deje intimidar, y menos cuando lo que le dice son puras balandronadas.