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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Diciembre de 2014 20:28 2014-12-05 20:28 desde IP: 189.211.135.22
La "otra señora", como usted, no tiene derecho a recibir alimentos del padre de los hijos de ambas; únicamente tienen derecho los menores, sin importar que sean de madres diferentes.
Si usted contrae matrimonio civil con el padre de sus hijos, debe saber y estar consciente que está obligado también a darle alimentos al otro hijo que procreó.
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