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  • Consulta : 249835
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 371036

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Es abandono de empleo y procedería el despido sin responsabilidad para el patrón, pero como en este tipo de tiendas no se trata de un empleado sino de un socio asociado en sociedad, a él le van a fincar todos los faltantes en el inventario ya que de seguró firmó pagarés para coseguír el "empleo". Le van a demandar por la vía civil, mercantil y denunciar o querellar por la vía penal.