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Fecha de respuesta: Jueves 27 de Noviembre de 2014 23:37 2014-11-27 23:37 desde IP: 189.128.112.158
Tu “concubina” propiamente no tiene derechos así que de los bienes adquiridos te puedes llevar lo que este a tu nombre, pero podría demandarte una pensión para tu hijo y muy seguramente te la ganara.
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