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  • Consulta : 249213
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si comenzaste a cotizar hace 15 años, es decir en 1999 después del 1 de julio de 1997, te regirás bajo la ley 97 del IMSS.

    Esto quiere decir que para pensionarte deberás acumular al menos 1250 semanas cotizadas, unos 24 años.

    Al empezar a cotizar después de la fecha indicada, es de suponer que no tienes saldos SAR 92 ni INFONAVIT 92.

    Y en cuanto a tus saldos de Retiro 97, CV 97 e INFONAVIT 97, los podrás retirar totalmente a los 60 años una vez que el IMSS te niegue la pensión.