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  • Consulta : 249099
  • Autor : Rosario Navarro
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  • Autor
    Respuesta No: 370594

  • Rosario Navarro
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    si ya llegó una notificacion del juzgado de demanda y usted la recibió dan por entendido que si vive ahi o conocen a la persona, asistase de un abogado en materia mercantil para que conteste la demanda porque son muy pocos días los que tiene para hacerlo de lo contrario, ya poco podrá hacer. y en la contestacion hará valer esa excepcion que usted no es el deudor y desconoce a la persona que no vive en ese domicilio.