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Fecha de respuesta: Martes 25 de Noviembre de 2014 11:13 2014-11-25 11:13 desde IP: 189.142.226.203
Hola: Usted acaba de tocar el punto fundamental, irregularidades en la escritura, con respecto al predio de manera fisica, aunque se requiere verificar como salio esa resolucion del amparo y sobre todo de los plazos, pues en materia civil, en efecto existen plazos perentorios, pueden producir caducidad de los derechos para impugnar la resolucion....deben revisar abogados de esa entidad los conceptos de violacion que presentaron en el amparo, si se hizo mencion de ello, pero acorde a situacion de inconstitucionalidad...no procesal....suerte.
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail
cel. 55 43442775..... Asesoria en linea por medio de what sapp.
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