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  • Consulta : 248948
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 370510

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Usted acaba de tocar el punto fundamental, irregularidades en la escritura, con respecto al predio de manera fisica, aunque se requiere verificar como salio esa resolucion del amparo y sobre todo de los plazos, pues en materia civil, en efecto existen plazos perentorios, pueden producir caducidad de los derechos para impugnar la resolucion....deben revisar abogados de esa entidad los conceptos de violacion que presentaron en el amparo, si se hizo mencion de ello, pero acorde a situacion de inconstitucionalidad...no procesal....suerte.

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775..... Asesoria en linea por medio de what sapp.