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  • Consulta : 248890
  • Autor : Rosario Navarro
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  • Autor
    Respuesta No: 370451

  • Rosario Navarro
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenas tardes señor, desafortunadamente aqui quien tiene accion para reclamar es solo ella, tanto en el caso del acoso sexual por la via penal a traves del Ministerio Publico como en la via laboral a traves de la Junta de Conciliacion y Arbitraje asistida y representada por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en caso de no contar con recursos para pagar a un abogado especialista en materia laboral, ya que ahi le asisten y representan gratuitamente en su demanda. Pero en este caso, aunque de su texto se desprende que existen serias violaciones a la Ley Federal del Trabajo por parte del patrón, es sólo su esposa quien puede demandarlo e incluso para que se le indemnice conforme a la ley, ya que esas arbitrariedades se pueden equiparar a un despido injustificao y en su caso se le pagarian 3 meses de inmdenizacion, parte proporcional de prima de antiguedad equivalente al pago de 12 dias de salario elevado al doble del minimo por cada año laborado, parte proporcional de aguinaldo, de vacaciones y de prima vacacional, y demas prestaciones que tenga aunque no le hayan sido pagadas, las cuales podrá reclamar por todo el ultimo año laborado y los días laborados que un le deban, tambien podrá demandar a la par al IMSS por la falta de registro. Pero en este caso, se entiende que ya no laboraría en ese lugar. Y es solo ella quien puede demandar y si no quiere nadie mas por ella lo puede hacer.