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AutorRespuesta No: 370448
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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Noviembre de 2014 14:12 2014-11-24 14:12 desde IP: 159.16.237.30
Buenas tardes, ustedes pueden hacer ese tramite a traves de una cesion de derechos de propiedad de uno al otro respecto de los bienes que tienen escriturados y registrados ante el Registro Publico de la Porpiedad como suyos. Lo anterior lo deberán realizar a traves de una escritura publica ante Notario para que se haga la traslacion de dominio y registrarlo debidamente en el Registro de la Propiedad.
El costo de estos tramites se determina por los honorarios que les señale el propio Notario Publico por esas dos escrituras y los trámites que realiza. Además los gastos de registro y traslacion.
En el caso del inmueble que no se ha terminao de pagar, se presume entonces que aun está hipotecado y por lo tanto su padre no puede enajenarlo, esto es, heredarlo, venderlo, cederlo ni nada hasta en tanto detente la propiedad completamente de ese inmueble a traves deescritura publica debidamente registrada ante el Registro Publico de la Propiedad, por lo cual ese inmueble aun pertenece a la institucion que le vendio a su padre y hasta el termino del pago, se tramitará la liberacion y por ende la escrituracion a nombre de su padre.
Lo que puede hacer es esperar a que todo este debidamente registrado, escriturado y en regla para que pueda ustedes ya como propietarios cederse los derechos y hacerlo todo bien legal para evitar posteriores conflictos.
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