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  • Consulta : 248621
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 370284

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La acción ejecutiva mercantil no prescribe nunca. No faltará quien brinque a decir que son tres años a partir de la fecha de vencimiento del título de crédito para que opere la prescripción, nunca faltan. Pero la acción ejecutiva mercantil no prescribe nunca ya que la excepción de prescripción sólo se puede oponer al momento de contestar la demanda, es decir, despúes de que se realizó el exequendo, por lo que reitero que nunca prescribe la acción ejecutiva mercantil.