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    Respuesta No: 369757

  • Trinquetes
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Estimado consultante.

    Espero que esta respuesta cubra sus expectativas y que le den un panorama general de cómo resolver su situación, con el afán de que con mucha actitud pueda salir avante.

    Le explico entonces lo conducente:

    A) Descripción legal del tipo penal:

    Por tratarse de un tipo penal con ostensibles diferencias en su descripción, entre lo dispuesto por el Código Penal del Distrito Fedeeral, se puede observar a la letra lo subsiguiente:

    Artículo 180 C. P. D. F. Al que tenga cópula con persona mayor de doce y menor de dieciocho años, obteniendo su consentimiento por medio de cualquier tipo de engaño, se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión.

    B) Aspecto general:

    Su enfoque legal representa principios éticos, culturales y sociales de difícil probanza. Su importancia radica en el sujeto pasivo (en este caso la menor que Usted menciona) por lo cual para el Ministerio Público o la Representación Social se manejan diversas hipótesis:

    a) Cópula de varon con mujer mayor de doce años y menor de dieciocho (que es la que le aplica).

    C) Sujetos que intervienen:

    a) Activo: Cualquier persona puede serlo (Usted por ser mayor de edad) es la calidad intrínseca del tipo penal.

    b) Pasivo: La mujer que tenga más de doce años y menos de dieciocho.

    D) Elementos de este tipo penal:

    a) Acción copulativa.

    b) Que dicha acción se realice con persona mayor de doce y menor de dieciocho años.

    c) Que la cópula se realice con el consentimiento del pasivo.

    d) Que este consentimiento (de la menor) sea otorgado mediante engaño.

    E) Núcleo de este tipo penal:

    Cópula con persona que debe ser mayor de doce y menor de dieciocho años, mediante cualquier tipo de engaño.

    F) Objeto (material y jurídico):

    a) Material: El o la sujeto pasivo del delito.

    b) Jurídico: La libertad sexual.

    Ponga atención aquí, por favor, este es el inicio de su defensa ante la Representación Social.

    ¿Qué es el Engaño? Es una conducta que contiene la obtención de un falso consentimiento en la víctima, con el fin de determinarla a resolver en realizar la conducta (un enga.o sexual y extrasexual?

    G) Conducta típica:

    La realización o acción copulativa (normal o idónea o anormal o inidónea e impropia).

    H) Formas y medios de ejecucción:

    La forma fundamental de ejecución es que se demuestre fehaciente y categóricamente que Usted la engaño para obtener su consentimiento.

    Entonces, el engaño es la inducir a alguien a creer que resulta cierto lo que no es. Es dar falsas premisas, dar apariencia de verdad a algo que no lo es (promesas falsas, por ejemplo) o mentirle a la menor.

    I) Resultado típico:

    Acción copulatoria demostrada con mayor de doce y menor de dieciocho años.

    Ponga también atención en esta sección de la respuesta.

    J) Nexo de causalidad:

    Todo tipo penal debe demostrarse mediante una relación de casualidad que involucre fehacientemente un producto - resultado mediante causa - efecto a través de medios científicos probatorios o que se consideren pruebas plenas. En este sentido la Acción típica es la cópula como tal dando como resultado típico que dicha acción copulativa con dicha persona se logre mediante cualquier tipo de engaño.

    K) Ausencia de conducta.

    - Primer elemento a su favor, debe demostrarse fehacientemente la voluntad de ambos sujetos, la actividad copulatoria mediante periciales, el resultado típico mencionado en el inciso I, y por último el nexo de causalidad o relación causal.

    L) Tipicidad.

    Todos y cada uno de los elementos que leyó usted que dice la descripción típica de la conducta ilícita, deben cumplirse a cabalidad con interpretación literal, gramatical y lógica. No se pueden hacer interpretaciones analógicas por prohibición expresa del Art. 14 constitucional, tercer párrafo (lo invito a que lo investigue).

    M) Atipicidad.

    - Segundo elemento a su favor, si falla alguno de los elementos típicos descritos y no pueden ser demostrados como elementos materiales.

    N) Antijuridicidad.

    Como estamos hablando de una contrariedad al derecho, por tratarse de un comportamiento previso y castigado por la ley penal.

    O) Causas de Justificación.

    Por lo que usted vierte en su consulta, parece que no operan estas causas.

    P) Culpabilidad.

    Es un delito doloso o intencional, no opera la imprudencia o la culpa.

    Q) Circunstancias atenuantes.

    No se presenta ninguna circunstancia que la atenúe o agrave.

    R) Excusas absolutarias.

    Inoperantes.

    S) Consumación.

    -Tercer elemento a su favor: Se debe demostrar el momento mismo de imponer la cópula del activo hacia el pasivo.

    T) Tentativa.

    Por los datos que Usted ofrece, parece que ni la acabada ni la inacabada operan.

    Importantísimo lo siguiente:

    U) Concurso de delitos.

    a) Ideal o formal. Pueden presentarse otras diversas figuras típicas. Ejemplo: lesiones al copular, contagio venéreo, bigamia, etc, por la misma conducta realizada.

    b) Real o material: Una conducta del activo realce estupro y con otras conductas produzca otros delitos. Ejemplo copular y robar al pasivo, violencia física y moral, lesiones o hasta el homicidio.

    V) Participación.

    Estaría Usted siendo visto como único autor material directo e inmediato en la comisión de esta conducta típica.

    W) Requisitos de procedibilidad y perseguibilidad.

    Querella de la parte ofendida (al ser menor de edad, de quien sea su representante legal) y exigencia de la reparación del daño. Tratamiento clínico psiquiátrico, alimentos de los hijos si se dan, por citarle algunos.

    Diligencias elementales (fase de investigación y determinación).

    Lo que a continuación le cito es lo que debe practicar la Representación Social para demostrar el nexo de causalidad y la configuración cabal del tipo penal por los hechos que presenta:

    1. Inicio de la investigación ministerial previa (aquí se encuentra Usted).
    2. Resumen de hechos.
    3. Recibir la querella (en este caso del representante legal de la menor).
    4. Declaración de quien conoce o proporciona datos de los hechos del delito
      1. Narración puntualizada, objetiva y clara.
    5. Inspección ministerial del sujeto pasivo respecto a su edad, huellas dactilares, vestigios en la ropa, que pudieran observarse.
    6. Inspección ministerial del lugar de los hechos (si fuere lugar cerrado y fuere procedente).
    7. Examen pericial médico (del sujeto pasivo) y el dictamen acerca del estado ginecológico, proctológico y andrológico de la menor.
    8. Pruebas documentales y periciales para determinar la edad del ofendido (física y psicológica).
    9. Declaración del sujeto pasivo.
    10. Declaración de testigos (de cargo), si los hay y de testigos que relaten el engaño que sufrió la menor.
    11. Examen pericial médico en cuanto al estado andrológico, físico, psicológico y de edad del sujeto activo (Usted).
    12. Integrar o incoporar a la investigación ministerial previa los dictámenes médicos, documentos relativos a la edad del activo y pasivo, etcétera.
    13. Parte de la policía ministerial.

    Determinación.

    Ésta debe ser objetiva, clara y contundente, lograda u obtenida la querella que establezca que la acción copulativa se dio por medio del engaño.

    Consignación.

    De acuerdo a lo previamente establecido:

    a) Tipo penal.

    • Declaración de la ofendida.
    • Inspección ministerial del estado ginecológico, proctológico y andrológico de la ofendida.
    • Inspección ministerial del estado ginecológico, proctológico y andrológico del imado.
    • Confesional si hay detenido.
    • Declaración de testigos.
    • Certificado médico de edad clínica del activo y pasivo.

    b) Probable responsabilidad.

    • El conjunto de las pruebas anteriormente enunciadas, más
    • Testigos.
    • Confesionales (de Usted, de la menor y de su representante legal).
    • Parte informativo de laa policía judicial.

    Esperando no haberlo cansado con esta respuesta tan vasta, quedo de Usted para cualquier aclaración o duda al respecto.

    Sinceramente.

    Lic. Trinquetes.