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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Noviembre de 2014 18:12 2014-11-08 18:12 desde IP: 189.211.135.22
Acuda al Instituto de la Defensoría Pública de su Entidad Federativa, y previo estudio socioeconómico podrán asignarle a un abogado de oficio.
Dado que no señala cuánto tiempo tienen de separados usted ni proporciona mayores datos que permitan conocer detalladamente los conflictos habidos durante el matrimonio, no se le puede decir si existe o no alguna causal por la cual usted pueda promover el divorcio necesario.
La circunstancia que, durante el tiempo que estuvieron casados por primera ocasión, no pueden ser tomados ya en consideración, tanto por el tiempo transcurrido como por el hecho que en aquél tiempo se divorciaron; los que sucedieron estando divorciados, tampoco, pues no existía ya ningún vínculo legal que los uniera; en cuanto a lo que haya pasado después de que por segunda ocasión contrajeron matrimonio civil, será la información que deba proporcionar al abogado que lo asista.
En cuanto al inmueble que es propiedad suya y de su hermano, no señala tampoco si en esa finca constituyeron o no la morada conyugal, de forma tal que al separarse usted de ese domicilio, ella continuó con la posesión legal de la localidad.
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