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  • Consulta : 247210
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 369509

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Esa empresa no entraga vehículos si no se firman pagarés. Acuérdese de lo que firmó, pero le aseguró que sí firmó pagarés y Usted como aval está obligado a pagar la totalidad de la deuda. Por otra parte el hecho de que le robaran el vehículo y la aseguradora pagara, ésta sólo cubrió lo que a la fecha del robo se había cubierto, pero de ninguna manera lo libera de la obligación de continuar con el crédito, ya que en esa caso en particular la aseguradora le da la opción de devorlverle lo que ha pagado a la fecha del ilícito y dar por terminado el contrato o entregarle un vehículo nuevo y continuar con el crédito.  Si Usted está demandado cuenta con ocho días para contestar la demanda, que por cierto  de nada le servirá si no ha pagado el crédito.