- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 247035
- Autor : Rosario Navarro
- Consultas en Foro: 13
- Respuestas en Foro: 348
- Vox Populi:
Política:
Derecho: 0
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5564
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 369405
-
Fecha de respuesta: Martes 04 de Noviembre de 2014 13:25 2014-11-04 13:25 desde IP: 159.16.237.30
Investigue de manera prudente si el deudor tiene bienes con que responder, es decir, en el registro publico de la propiedad si tiene algun inmueble a su nombre o bienes muebles suficientes, si es el caso, demandelo mejor en la via ejecutiva. Asosorese con abogado especialista en materia mercantil a la brevedad
-
Autor





