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Fecha de respuesta: Sábado 01 de Noviembre de 2014 21:58 2014-11-01 21:58 desde IP: 201.141.30.210
Hola . Claro que se puede demandar. Se debe acreditar que has vivido mas de 5 anos, en calidad de dueno y de manera ininterumpida. Se demanda ante un juzgado civil y se pagan los honorarios correspondientes, un avaluo y los honorarios del notario. Con gusto me pongo a sus ordenes para ver de que manera lo pudeo ayudar. Asesoria Juridica Mexico raulcolmenares070107 cel 0445511708765 oficina 67941322
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