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  • Consulta : 246388
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Ni se le ocurra hacer lo que piensa, ya que estará cometiendo un delitos sancionados con pena de prisión y, además, su vecino podrá también demandarlo civilmente reclamándole el pago de daños y perjuicios, el derribamiento de la barda y las escaleras que pretende edificar, y la resposición de las que llegara a destruir.

    Si usted adquirió 2 departamentos en un edificio, entonces está sujeto al regimen condominal y su propiedad se rige por la Ley de la Materia así como por el Reglamento respectivo; esto es, las áreas comunes, como los accesos al edificio, pasillos, escaleras, cajones de estacionamiento y otras más, no le pertenecen a usted, pues solamente tiene derecho a disfrutarlas en su beneficio conjuntamente con el o los propietarios de los otros departamentos.