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  • Consulta : 246336
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Usted señala que no está csada civilmente, dado que vive en unión libre; en consecuencia, no puede existir adulterio, ya que esta conducta consiste en el acto sexual que una persona sostiene con otra que no es su cónyuge.

    Además, en el supuesto que usted sostuviera una relación sexual con persona distinta de su pareja, no es motivo tampoco para que pueda perder la guarda y custodia de sus hijos.

    Asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral a efecto que presente la demanda para que dicha guarda y custodia le sea otorgada judicialmente, y para que el padre de sus hijas les cubra una pensión alimenticia.