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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Noviembre de 2014 10:16 2014-11-19 10:16 desde IP: 187.244.14.25
hola muy buenos dias, pues aqui ella por lo que dice no se si sea en realidad sea una pension alimenticia dictada por un juez y ahi se especifique las horas, dias o momentos de convivencia "sana" que pudiese tener con el elemento del eje. mex. y asi no exista violencia1!!!
ya que si bien es cierto el por ser militar y mas en el activo!!! no tiene derecho a afectarla en ninguna manera a su hermana ya que de seguir haciendolo le recomiedo un escrito al comandante de su unidad a fin de que este eleve dicha solicitud ante el srio. de la def. nal. claro sin omitir al cmte. de zona y posterior al cmte. rgn. y si este par de bueyes no resuelven entonces si es necesario al mismo srio. de la def. nal. con el objeto de cambiarlo de unidad por mal comportamiento y asi ya no la afecte,
bueno aqui no expone si el marido es de tropa u oficial y en base a eso darle una solucion mas eficaz y asi no siga pasandose de la raya y elaborar un escrito a la unidad, dependencia o instalacion en donde preste sus svs. el elemento en cuestion, ya que hoy en dia la milicia esta en el ojo del huracan y cualquier cosa o hecho que pase deben castigarse, ya no estamos en los tiempos que se solapaban todo tipo de atropellos, hoy la sedena esta en la lupa y abierta al escrutinio de la sociedad y no se debe de permitir ningun abuso mucho menos a mujeres!!!
cualquier duda o asesoria mil. en cuestion juridica por favor comunicarse al numero de cel. 333 507 28 64
ahora ya con la modernidad tambien en what apps.
luisconsultas_mex aroba punto com
reciban un cordial saludo todos los foristas que amablemente vierten sus acertadas respuestas!!!
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