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AutorRespuesta No: 368826
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Octubre de 2014 08:33 2014-10-23 08:33 desde IP: 189.211.135.22
Si usted renunció voluntariamente, teniendo una antigüedad de 17 años, si finiquito debe comprender, en este caso en que ya le pagaron sus vacaciones (y consecuentemente la prima vacacional), el pago de la parte proporcional de aguinaldo 2014, así como la prima de antigüedad, consistente en 12 días de salario por cada año de servicios prestados, la que se paga con el equivalente a 2 salarios mínimos del área geográfica en que se presta el servicio, no con su salario real.
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