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Fecha de respuesta: Lunes 20 de Octubre de 2014 20:11 2014-10-20 20:11 desde IP: 189.155.239.71
En las "oficinas" del ejido le informan....el ejidatario debe tener el Titulo o Certificado de las tierras y de estos el ejidatario debera fraccionar la parcela y acudir ambos a una notaria para formalizar la compra venta y usted la escrituracion....mientras tanto, debe tener una carta de posesion expedida por el ejido y esperara a que se expida dicho titulo o certificado si es que el ejidatario ya realizo los tramites.......
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