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  • Consulta : 245244
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 368219

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Ambos tienen razon... Pero es urgente que esto se haga... Antes de la citación a remate... Porque si se remata... Sera adjudicada... Aun cuando tu seas el dueño... Y no te dejes llevar por compadres o amigos que te digan que no pasa nada... Porque tu eres el dueño y no eres el deudor... Tienes que probar en juicio de tercero excluyente de dominio...