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  • Consulta : 244475
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 367536

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No puede hacer que ese departamento le pertenezca, pues no existe ningún acto jurídico en virtud del cual pueda ostentarse como propietario (compraventa, donación, permita, etcétera).

    Antes bien, por el contrario, usted ha incurrido en el delito de despojo de inmueble, y en cuanto el propietario sepa que usted se ha posesionado de la finca, podrá presentar su querella y le esperan algunos años privado de la libertad, además de que tendrá que resarcir al dieño de los dfaños y perjuicios que le haya causado con su ilícita conducta.

    Y en cuanto al dinero que ha "invertido"m cambiándole chapa, pintándolo, poniéndole ventanasnuevas y demás, perderá  lo gastado, ya que lo hizo en un bien que no le pertenece y, por tanto, las mejoras quedan en beneficio del propietario.