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  • Consulta : 244464
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 367528

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si durante la práctica de su cesárea, por desgracia usted fallece, el padre de sus hijos automáticamente queda con la guarda y custodia de los menores, ya que ésta, igual que el ejercicio de la patria potestad, le corresponden al ascendiente que sobreviva al otro, de forma tal que lo que usted pretende no es posible, lo anterior tiene su sustento legal en los artículos 382 y 383, del Código Civil del Estado deTamaulipas (lugar que usted señala como el de su referencia), que textualmente señalan:

    "ARTÍCULO 382.- La patria potestad se ejerce sobre la persona y los bienes de los sujetos a ella. Su ejercicio tiene por objeto la protección integral del menor en sus aspectos físico, mental, moral y social, e implica el deber de su guarda y educación. La patria potestad puede restringirse por las autoridades civiles, penales y tutelares".

    "ARTÍCULO 383.- La patria potestad sobre los hijos se ejerce por los padres. Cuando por cualquier circunstancia deje de ejercerla alguno de ellos, corresponderá su ejercicio al otro".