Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 244386
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 367448

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, las deudas de los padres no se heredan.

    Sin embargo, si su ascendiente es deudor de un crédito y fallece, es la sucesión la que está obligada a pagar la deuda con los bienes que conforman la masa hereditaria, lo cual es diferente a que se herede la deuda, ya que si ésta excede en su mnonto al valor de los bienes, solamente se paga hasta donde alcance.