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AutorRespuesta No: 367426
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Octubre de 2014 16:46 2014-10-08 16:46 desde IP: 189.211.135.22
Acuda inmediatamente y sin demora a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, ya que previamente debe seguirse un procedimiento para que la esposa e hjos sean declarados legítimos beneficiarios y así pueda demandar, tanto al patrón como al Seguro Social, por el pago que resulte de la indemnización por muerte derivada de un riesgo de trabajo, y/o el otorgamiento de la pensi´n de viudez y orfandad.
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