Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 244217
  • Autor : Maestro en Dx Ar
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 78
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 367396

  • Maestro en Dx Ar
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Para el caso del delito de adulterio se encuentra derogado del Código Penal para el Distrito Federal por lo que si la conducta se desplego en el Distrito Federal no hay delito que perseguir, si es en otro Estado hay que atender al Código Penal de la localidad.

    Saludos

    Lic. y M.D. Ariel Reyes