- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 244217
- Autor : Maestro en Dx Ar
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 78
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 367396
-
Fecha de respuesta: Martes 07 de Octubre de 2014 22:28 2014-10-07 22:28 desde IP: 187.232.157.40
Para el caso del delito de adulterio se encuentra derogado del Código Penal para el Distrito Federal por lo que si la conducta se desplego en el Distrito Federal no hay delito que perseguir, si es en otro Estado hay que atender al Código Penal de la localidad.
Saludos
Lic. y M.D. Ariel Reyes
-
Autor





