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  • Consulta : 243855
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 367125

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, ni es correcto ni es legal, pues el patrón no puede modificar unilateralmente las condiciones laborales.

    Sin embargo, es evidente que el cambio de horario de trabajo de las 08:00 a las 17:40 horas, para que ahora presten su servicio de las 08:00 a las 16:00 horas, les resulta benéfico, considerando que, en este nuevo horario, también tienen derecho a un descanso de, cuando menos media hora diaria para tomar alimentos, lo que se traduce entonces en una jornada de trabajo, la que debe ser sin demérito del salario que tienen asignado.