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  • Consulta : 243074
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 366513

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    mvg803:

    Es cierto lo que afirma el forista  AdvocatusRectus (cordiales saludos), pero llama la atención que usted menciona que los procesados salieron en libertad hace 09 (nueve) meses, así que si realmente apeló el agente del Ministerio Público, debió hacerlo dentro de los pocos días que concede la Ley para apelar sentencias penales, que usualmente son menos de diez días, y es ilegal que haya apelado hasta nueve meses después.

    Lo adecuado es que su marido y amigos acudan al juzgado para informarse de manera personal si es que existe esa apelación y en qué fecha fue interpuesta.