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  • Consulta : 242835
  • Autor : Ricardo Reyes
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  • Autor
    Respuesta No: 366373

  • Ricardo Reyes
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado Antonio

    Te comento que la demanda esta mal elaborada y por lo que entiendo firmaste pagarés por el crédito automotriz, los cuales prescribieron en el 2010, ya que los títulos de crédito denominados pagarés presciben a los tres años, a partir de la suscipción del título, por ende prescibió la acción cambiaria directa y la ejecutividad de los mismos, es decir que la forma para demandarlos es la vía ordinaria mercantil y dado que el actor que en este caso es Nissan tiene que acreditar la relación causal que le dio origen a los pagarés, era preciso que indicaran la descripción correcta del auto dado a crédito, por lo que te aconsejo contactes un abogado en la ciudad de México, que te pueda asesorar ya que el juicio se lleva en esta ciudad.

    Saludos