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  • Consulta : 241770
  • Autor : AdvocatusRectus
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    Respuesta No: 365997

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Su pagare no es a la vista, ya que contiene la fecha de vencimiento (en que debe pagarse) (Art. 171 LGTOC).

    Los intereses moratorios son apartir de la fecha del vencimiento del pagare, en este caso apartir del 21 de enero del 2012.

    Saludos.