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  • Consulta : 241717
  • Autor : C.J.I. Tabasco
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  • Autor
    Respuesta No: 365526

  • C.J.I. Tabasco
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimada conusltante:

    El hecho de que no le hayan dado un contrato escrito, no significa que la relación laboral no exista, al contrario esta existe por la subordinación de usted a su patrón y el pago del salario.

    Como bien le dijeron puede estar sujeta a capacitación o a periodo de prueba, ambas situaciones son legales y estan contempladas en la Ley Federal del Trabajo.



    "Artículo 35. Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado, por temporada o
    por tiempo indeterminado y en su caso podrá estar sujeto a prueba o a capacitación inicial. A falta de
    estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado."

    Acerquese con su patrón, y platique sobre sus inquietudes... en caso de que no haya respuesta, efectivamente acerquese a la Procuraduria de la Defensa del Trabajo.

    Saludos cordiales