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  • Consulta : 241528
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 365370

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    condusef... nada tiene que ver con tu supuesto problema... eres deudor... por el solo hecho de no cumplir con la obligacion dentro del termino pactado... supongamos... debes oagar el dia 5... es el dia5 y no el 6... para ti es una payasada... no para el contrato... y al incumplir... pierdes tido derecho a reclamar... aun cuando pagues...condusef... es solo para instituciones bsncarias... no para actos entre empresas y particulares....