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Fecha de respuesta: Martes 09 de Septiembre de 2014 13:17 2014-09-09 13:17 desde IP: 189.211.135.22
No, no puede disfrutar solamente de 1 día a cuenta de vacaciones, por tanto, es correcto lo que le informan en la empresa.
Lo anterior encuentra su apoyo en el artículo 78, de la Ley Federal del Trabajo que expresamente señala que los trabajadores deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones, por lo menos; y en su caso, considerando que al cumplir el primer año de servicios, solamente tiene derecho a 6 días de vacaciones, deberá disfrutarlas íntegramente y no en forma fraccionada.
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