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  • Consulta : 240960
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 365043

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ccristina0306_NR

    El pago de 1.8 dias por concepto de aguinaldo como ya le indicio el Licenciado Raúl Cadena le puede evitar a usted una eventual demanda en la cual la trabajadora argumente salario, jornadas y horas extras ajenas a las realidad con lo cual usted tendria que contratar los servicios y asesoria juridica de aun abogado especialista en materia laboral para dar conestación a la demanda incoada no solo en su contra sino contra todas las personas que habitan en la fuente de trabajo lo cual implica gastos para usted y demás familiares.