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AutorRespuesta No: 365043
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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Septiembre de 2014 20:24 2014-09-05 20:24 desde IP: 201.141.102.251
ccristina0306_NR
El pago de 1.8 dias por concepto de aguinaldo como ya le indicio el Licenciado Raúl Cadena le puede evitar a usted una eventual demanda en la cual la trabajadora argumente salario, jornadas y horas extras ajenas a las realidad con lo cual usted tendria que contratar los servicios y asesoria juridica de aun abogado especialista en materia laboral para dar conestación a la demanda incoada no solo en su contra sino contra todas las personas que habitan en la fuente de trabajo lo cual implica gastos para usted y demás familiares.
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