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AutorRespuesta No: 364940
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Fecha de respuesta: Jueves 04 de Septiembre de 2014 17:55 2014-09-04 17:55 desde IP: 189.211.135.22
En todas las materias, penal, laboral, civil, familiar, mercantil, etcétera, el Estado mexicano está obligado a proporcionar abogado de oficio; sinembargo, en determinadas materias, como la mercantil específicamente, el defensor público se asigna, previo etudio económico que acredite que, quien requiere de sus servicios, carece de los recursos para cubrir los honorarios de un abogado particular.
Sin embargo, no ocurre lo mismo con los peritos, en cuyo caso, el demandado deberá buscar los medios económicos para cubrir sus honorarios y acreditar la excepción de falsedad del documento que alegue al contestar la demanda.
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