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AutorRespuesta No: 364932
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Fecha de respuesta: Jueves 04 de Septiembre de 2014 16:50 2014-09-04 16:50 desde IP: 189.211.135.22
Si, el banco si puede embargarle sus salarios, a condición de que inicie el juicio ejecutivo en su contra, presentando la demanda correspondiente.
Y la negativa de pago no tiene que haber sido expresa; basta que usted haya dejado de pagar en las fechas en que se obligó para que se constituyera en mora, sin que la Institución esté tampobo obligada a otorgarle nuevo plazo para que cumpla con su obligación, y los intereses moratorios son precisamente los que usted pactó en el contrato de apertura de crédito.
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