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  • Consulta : 240802
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 364932

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, el banco si puede embargarle sus salarios, a condición de que inicie el juicio ejecutivo en su contra, presentando la demanda correspondiente.

    Y la negativa de pago no tiene que haber sido expresa; basta que usted haya dejado de pagar en las fechas en que se obligó para que se constituyera en mora, sin que la Institución esté tampobo obligada a otorgarle nuevo plazo para que cumpla con su obligación, y los intereses moratorios son precisamente los que usted pactó en el contrato de apertura de crédito.