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Fecha de respuesta: Martes 02 de Septiembre de 2014 00:48 2014-09-02 00:48 desde IP: 189.217.77.14
Usted ya tiene un abogado, sin embargo comento lo siguiente:
Usted firmó ante notario sin presión alguna y de forma voluntaria, aún sin saber lo que estaba firmando (lo que los abogados reconocemos como el típico pende...o con pluma), pero su media hermana cometió un error importante ya que Usted debió firmar una sesión de derechos hereditarios a título honeroso por los $120,000.00 que recibió, pero en realidad y según su consulta, firmó un poder para actos de dominio en favor de su media hermana para que ella le representara en la sucesió intestamentaria de su padre. Luego entonces Usted no ha renunciado a sus derechos hereditarios, sólo permitió que su media hermana lo representara en el juicio sucesorio, por lo que le debe demandar la rendición de cuentas, salvo que en el mismo poder renunciara a ese derecho. Su abogado debe informarle sobre la posible prescripción de su acción y sobre las condiciones del poder que firmó, que si bien en su tiempo era irrenunciable, en la actualidad este tipo de poderes ya está prohibido.
Todo lo que consulta se lo debe preguntar a su abogado ya que a este le está pagando honorarios.
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