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  • Consulta : 240261
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Las pensiones alimenticias no son para las "mamis", como despectivamente te refieres a las madres de tus hijos; son para éstos, y los porcentajes que cada Juez que conoce de las respectivas demandas determinó como pensión alimenticia provisional, se encuentra dentro de los parámetros de proporcionalidad estableidos en la Ley Civil.

    Y lástima de tu esposa, porque ella tuvo la desgracia de celebrar el vínculo matrimonial contigo; ya vez, quienes tuvieron la fortuna de no hacerlo, cuenta ahora, al menos, con algunos recursos económicos para solventar, aunque sea en parte, los alimemtos de los hijos que, irresponsablemente engendraste.