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Fecha de respuesta: Viernes 29 de Agosto de 2014 13:43 2014-08-29 13:43 desde IP: 189.211.135.22
Licenciado Ulloa, además de aprovechar la ocasión para enviarle un cordial saludo, deseo puntualizar que el Código Civil del Estado de Puebla, lugar que la consultante señala como el de su referencia, no existe el divorcio innominado, por tanto, solamente le queda la opción del divorcio por mutuo consentimiento o el administrativo (que para poder promover cualquiera de ellos, tendrá que esperar a cumplir un año de casada), o el divorcio necesario, pero respecto de este, resulta que no existe ninguna causal por el cual pueda demandarlo.
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