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  • Consulta : 240025
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Lo que usted pretende, legalmente nopuede hacerse.

    El derecho a la filiación e indentidad de los menores, consiste precisamente en que conozca quienes son sus padres biológicos y lleven sus apellidos; derecho que le corresponde a su hijo, no a usted.

    Si el padre biológico de su hijo no ha cumplido con las obligaciones que le impone la paternidad, no es culpa de su hijo; es más, tampoco es únicamente del padre, sino también, y en grado superlativo, SUYA.

    Lo anterior, porque sabiendo como lo sabe que su hijo lleva los apellidos del padre, al haber sido reconocido por éste, y que ha dejado de cumplir con la obligación dfe proporcionarle los medios económicos necesarios para su subsistencia, ha sido omisa en demandarle el pago de esos alimentos.

    Acuda sin demora a la Defensoría de Oficio de su lugar de origen, y solicite le asignen a un abogado de oficio para que promueva la demanda de alimentos.