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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Agosto de 2014 08:45 2014-08-28 08:45 desde IP: 189.211.135.22
Lo que usted pretende, legalmente nopuede hacerse.
El derecho a la filiación e indentidad de los menores, consiste precisamente en que conozca quienes son sus padres biológicos y lleven sus apellidos; derecho que le corresponde a su hijo, no a usted.
Si el padre biológico de su hijo no ha cumplido con las obligaciones que le impone la paternidad, no es culpa de su hijo; es más, tampoco es únicamente del padre, sino también, y en grado superlativo, SUYA.
Lo anterior, porque sabiendo como lo sabe que su hijo lleva los apellidos del padre, al haber sido reconocido por éste, y que ha dejado de cumplir con la obligación dfe proporcionarle los medios económicos necesarios para su subsistencia, ha sido omisa en demandarle el pago de esos alimentos.
Acuda sin demora a la Defensoría de Oficio de su lugar de origen, y solicite le asignen a un abogado de oficio para que promueva la demanda de alimentos.
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