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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Agosto de 2014 11:28 2014-08-27 11:28 desde IP: 189.234.135.231
:) Solo precisar... la nulidad de acta conlleva per se ... demandar al oficial del registro civil la cancelacion de la misma es algo que va intrinseco. Es como decir... debes demandar el divorcio y alguien diga... debes demandar a tu conyuge y solicitar al juez que cuando conceda el divorcio se ordene la anotacion marginal correspondiente. Eso lo hacen los jueces ya por default aqui pasa lo mismo... solicitar la nulidad de matrimonio implica demandar al registro civil y el Juez por default ordenará la cancelación de la misma en caso de haber sido procedente.
No quiero decir que lo dicho por pasante este mal... solo que hay cosas que se pueden simplificar como por ejemplo...estando en Juicio de nulidad ...solicitar se le de vista al Agente del MP adscrito.-.. para eso esta... quien investigará los hechos y quien tendrá facultades para proceder en caso de ser necesario.
Si usted va por su cuenta al MP tendrá que gastar en copias certificadas del juicio donde se encuentren los dictamenes periciales que avalan la consumación del delito. Por ello... se simplificara mas hacerlo desde el expediente civil a cargo del MP adscrito a juzgados.
Saludos
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