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  • Consulta : 239411
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 363527

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Recuerde que en la conciliación las partes pueden acordar lo que quieran, incluso hasta los salarios caídos si la patronal se deja (ni se ilusione), pero sí se refiere al cálculo de una indemnización, sí debe considerar los veinte días por año pero topados a dos salários mínimos y no al salario integrado.