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AutorRespuesta No: 363527
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Agosto de 2014 21:24 2014-08-21 21:24 desde IP: 189.217.73.142
Recuerde que en la conciliación las partes pueden acordar lo que quieran, incluso hasta los salarios caídos si la patronal se deja (ni se ilusione), pero sí se refiere al cálculo de una indemnización, sí debe considerar los veinte días por año pero topados a dos salários mínimos y no al salario integrado.
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