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  • Consulta : 239260
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 363434

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Creo que por ahi tiene un error en la informacion, y por ello retomo ciertos puntos esenciales...Usted ha dicho que la Segunda Sala del Tribunal Superior de Justicia al momento de resolver la Apelacion, procedio a confirmar la sentencia condenatoria emitida por el Juez de Instruccion, en contra de su esposo.

    Ahora bien tenga calma, el recurso ideal es el Amparo Directo y este tiene como plazo 8 años ello en base a la fraccion II del articulo 17 de la Nueva Ley de Amparo, asi que no corra, mas bien analice con mucho cuidado, cual sera el paso a seguir....no se trata de que ocupen los agravios de la apelacion, para invocarlos nuevamente, pues cometeran el mismo error, ya que en este nuevo recurso se debe combatir la resolucion de la Segunda Sala de Apelacion del TSJDF. y su argumentaciones, teniendo como base la legalidad, no alegen cuestiones netamente procesales, sino violaciones de fondo, que les de vida a una Inconstitucionalidad... puede optar por el defensor publico, si es muy tecnico alegara lo correcto y sabra explicarle, y sino pues la sentencia ira con mantequilla a ser confirmada...suerte.

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775.... Asesoria en linea por medio de what sapp