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  • Consulta : 238832
  • Autor : Susy25
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  • Susy25
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    (Resumen de Actividades)

    Existe Respaldo jurídico como el Convenio Europeo de Derechos Humanos, Artículo 9: “Toda persona tiene de- recho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho implica la libertad [...] de manifestar su religión o sus convicciones [...] por me- dio del culto, la enseñanza, las prácticas y la observancia de los ritos”. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Artículo 18: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho incluye la libertad [...] de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, [...] mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza”. ¿Qué significa esto? En los últimos años, el TEDH y el CCPR han decretado que el derecho a objetar al servicio militar es inherente al derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.