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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Agosto de 2014 12:10 2014-08-14 12:10 desde IP: 189.162.54.43
Buen día están completamente equivocados quienes te comentan eso, puedes demandar el divorcio por el abandono del domicilio conyugal en el cual también podrías reclamarle una pensión alimenticia para tu hija, sin embargo el juez sólo está obligado a resolver respecto de los asuntos que se le plantean y las peticiones que se le formulan, así que si dentro de la demanda tú no reclamas una pensión de alimentos, el juez no obligara, ni condenara a tu cónyuge en este sentido. El no puede demandarte para quitarte la custodia o la pérdida de la patria potestad de tu hija, ya que hay un principio de preferencia para que el niño menor a los 14 años radique o viva con su madre, adicionando que tu ex pareja no cumple sus obligaciones como acreedor alimentario y el que está en riesgo de perderla e incluso incurrir en alguna conducta penal, es el. En lo que respecta a la localización de tu ex pareja, no es imposibilidad para seguir el juicio, contacta a un abogado especialista en materia familiar o un despacho como nosotros para poder asesorarte y estudiar específicamente tu caso con bases y darle una solución satisfactoria a tu necesidad.
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