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  • Consulta : 238639
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 362845

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con el debido respeto, es incorrecto lo que señala elforista Pasante.

    Si la cuena de correo a que usted se refiere, es un correo corporativo, entonces ese correo no es suyo, es de la empresa, y se le asignó solamente para que a través de él recibiera comunicaciones oficiales, ya sea de la propia empresa, de clientes, proveedores, etcétera.

    En consecuencia, si la empresa, por conducto de su jefe inmediato, tiene acceso a esa cuenta de correo electrónico, que pertenece al propio establecimiento, no está incurriendo en ningún ilícito, ya que la información que pudiera existir en los correos recibidos y/o enviados, no es particular, por lo que en tal caso, no habrá ninguna intromisión a su intimidad, que sería, en todo caso, la conducta sancionable.

    Obviamente, al tratarse de una cuenta de correo electrónico corporativo, la empresa, como propietaria de la misma, está legalmente facultada para accesar a la información que se contenga, ya que usted solamente es un usuario, y no su titular.